Sin Gluten vs. Sin TACC: Comprendiendo las Diferencias y la Nueva Normativa

En 2023, la normativa en Argentina experimentó un cambio significativo en cuanto al etiquetado de alimentos libres de gluten, lo que ha llevado a la coexistencia de dos logos diferentes en los productos disponibles en el mercado. Esta situación puede generar confusión entre los consumidores, especialmente para aquellos que deben seguir una dieta estricta sin gluten por motivos de salud, como los celíacos o las personas con sensibilidad al gluten.

Tradicionalmente, la sigla Sin TACC se utilizaba para identificar alimentos que no contenían trigo, avena, cebada o centeno. Si bien la avena, en su estado natural, no contiene gluten, su procesamiento o cultivo cercano a otros cereales con gluten podía llevar a la contaminación cruzada. Por esta razón, durante años, la avena se incluyó entre los alimentos considerados "prohibidos" para celíacos.

Evolución de la Normativa de Alimentos Libres de Gluten (ALG)

La normativa sobre Alimentos Libres de Gluten (ALG) se actualizó a finales de 2023, respondiendo a los avances en los procesos y tecnologías de elaboración. Estos cambios definieron un nuevo logo para identificar los productos envasados y establecieron que un alimento puede ser considerado libre de gluten si se elabora con ingredientes que naturalmente no lo contienen o si el gluten ha sido removido mediante procesos tecnológicos.

Un ejemplo claro de esta evolución es la elaboración de cerveza a partir de cebada. Mediante el uso de enzimas específicas, es posible degradar el gluten presente en la cebada, permitiendo que la cerveza resultante cumpla con los límites de gluten establecidos por la nueva normativa. La normativa exige que, en ambos casos (ingredientes sin gluten o gluten removido tecnológicamente), el alimento cumpla con el mismo límite máximo de gluten: 10 mg de gluten por kg de alimento.

Las empresas tienen un plazo de 3 años, hasta el 02 de diciembre de 2026, para adecuar sus rótulos al nuevo logo "SIN GLUTEN". Durante este período de transición, es común encontrar en los comercios productos con alguno de los siguientes símbolos:

Dos logos diferentes, uno con las siglas

El Nuevo Logo "SIN GLUTEN" y la Mayor Información para el Consumidor

La principal modificación es el reemplazo de la leyenda "Sin TACC" para aquellos productos que originalmente contenían gluten pero han sido procesados tecnológicamente para eliminarlo. En su lugar, se introduce el nuevo logo "SIN GLUTEN": un símbolo circular atravesado por una barra roja, acompañado de tres espigas de trigo y la leyenda "SIN GLUTEN". Este será el identificador principal de estos productos en los envases.

Además, la nueva normativa busca ofrecer mayor información al consumidor. La denominación original del producto se mantendrá, pero irá seguida de la leyenda "libre de gluten", con el mismo tamaño y visibilidad que el resto de la información del producto.

¿Por Qué el Cambio de "Sin TACC" a "Sin Gluten"?

El cambio en el etiquetado no es arbitrario, sino que responde a una nueva definición de lo que constituye un alimento o bebida libre de gluten. El Artículo 1383 del Código Alimentario Argentino, modificado en diciembre de 2023, establece que un alimento es libre de gluten si, por sus ingredientes o mediante un proceso tecnológico adecuado que demuestre la remoción efectiva del gluten y la aplicación de buenas prácticas de manufactura para prevenir la contaminación cruzada, no contiene prolaminas y glutelinas procedentes del trigo, centeno, cebada, avena ni sus variedades cruzadas.

Este cambio permite, por ejemplo, que la avena, anteriormente excluida, pueda ser comercializada como certificada sin gluten si se procesa de manera que no se contamine con otros cereales. De forma similar, la cerveza elaborada con cebada, pero tratada con enzimas para reducir su contenido de gluten por debajo de los 10 mg/kg, puede ser etiquetada como "sin gluten", aunque técnicamente contenga cebada. Esto significa que la cerveza no sería "Sin TACC" porque contiene cebada, pero sí sería "Sin Gluten" dentro de los límites permitidos.

Infografía explicando la diferencia entre Sin TACC y Sin Gluten, mostrando el nuevo logo y los cereales prohibidos para cada categoría.

Dificultades en el Reconocimiento de Productos Sin Gluten

A pesar de los avances, el reconocimiento de productos verdaderamente libres de gluten puede presentar desafíos para los consumidores. La legislación sobre el etiquetado de alérgenos, si bien exige la indicación de gluten cuando es un ingrediente intencional, no siempre obliga a declarar la presencia de trazas de gluten resultantes de contaminación cruzada. Esto puede generar incertidumbre, ya que un producto sin gluten declarado por naturaleza podría contener trazas si se procesa en las mismas instalaciones que productos con gluten.

Legalidad y Puntos Conflictivos en el Etiquetado

La normativa legal obliga a indicar la presencia de gluten solo cuando este forma parte de los ingredientes del producto (trigo, cebada, centeno, espelta, kamut, etc.). Sin embargo, la declaración de trazas de gluten, es decir, la posible contaminación cruzada durante el procesamiento, envasado o manipulación, es voluntaria. Esto significa que un producto podría ser apto para celíacos, pero no tener una indicación explícita sobre la ausencia de trazas.

Para los celíacos, la seguridad de la ausencia de gluten y trazas se garantiza principalmente cuando el etiquetado indica claramente "sin gluten". Si la etiqueta no lo especifica, es prudente consultar con el fabricante o revisar la ficha técnica del producto.

Alimentos Libres de Gluten por Naturaleza y Alimentos Susceptibles de Contener Gluten

Es crucial diferenciar entre:

  • Alimentos libres de gluten por naturaleza: Son aquellos que no han sido transformados y se envasan tal cual, como el arroz, aceite, almendras. Legalmente, no deben etiquetarse como "libres de gluten" si su naturaleza intrínseca ya lo garantiza, para evitar inducir a error.
  • Alimentos susceptibles de contener gluten: Incluyen alimentos que, siendo naturalmente libres de gluten, han sido sometidos a algún tipo de manipulación (ej. molienda de canela en rama a canela en polvo). En estos casos, la indicación sobre la ausencia de contaminación es voluntaria.
  • Alimentos elaborados: Productos como galletas, quesos, bebidas vegetales, etc. El fabricante debe indicar la presencia de gluten si es un ingrediente. Si no lo es, la declaración sobre posibles trazas es voluntaria.
Tabla comparativa de alimentos libres de gluten por naturaleza y alimentos que requieren etiquetado especial.

Trazas de Gluten y Contaminación Cruzada

La contaminación cruzada es un riesgo constante para las personas con enfermedad celíaca. Incluso si un alimento no contiene gluten como ingrediente, puede contaminarse involuntariamente durante su producción, envasado o manipulación. El término "trazas" se refiere a cualquier cantidad de gluten, y su declaración en el etiquetado no siempre está completamente regulada.

¿Cómo Identificar Productos Libres de Trazas de Gluten?

Se ofrecen garantías de estar libres de gluten por contaminación cruzada y trazas en los siguientes casos:

  • Productos etiquetados explícitamente como "sin gluten".
  • Productos que indican "No contiene trazas de gluten", respaldados por análisis del fabricante que confirmen la ausencia de contaminación cruzada.

Por otro lado, los alimentos que no ofrecen esta seguridad incluyen:

  • Aquellos donde la etiqueta no conste la ausencia de gluten o trazas.
  • Productos etiquetados como "Bajo en gluten" o "Muy bajo en gluten", que pueden contener entre 20 y 100 ppm de gluten, cantidades no aptas para celíacos. El umbral considerado seguro para celíacos es inferior a 20 ppm (partes por millón).

EL GLUTEN Y LA CLASIFICACIÓN DE LOS ALIMENTOS

Reconocimiento de Productos Manipulados Sin Gluten

Existen diversas formas de identificar productos manipulados que cumplen con los estándares sin gluten (menos de 20 ppm):

  1. Símbolo de la espiga barrada: Es el símbolo más reconocido internacionalmente, regulado por organismos de certificación autorizados que se adhieren a normativas europeas (como EA y ENAC).
  2. Otros símbolos del fabricante: Símbolos creados por la propia marca para identificar sus productos sin gluten.
  3. Declaración escrita: La simple mención "Producto sin gluten" en la etiqueta es válida, incluso sin logotipos o grafismos adicionales. La indicación del fabricante es tan válida como los símbolos oficiales.

Es importante destacar que no es obligatorio que todos los productos sin gluten pasen por una entidad certificadora y ostenten la espiga barrada. Los fabricantes que declaran un producto como "sin gluten" asumen la responsabilidad de la veracidad de dicha afirmación y deben contar con análisis que lo respalden.

¿Nos Podemos Fiar de las Indicaciones "Sin Gluten"?

Sí, en general, nos podemos fiar de las indicaciones "sin gluten" en las etiquetas, siempre que provengan de fabricantes responsables. Las asociaciones de celíacos realizan controles y análisis de productos en el mercado, y los fabricantes que declaran "sin gluten" deben haber realizado sus propios análisis y disponer de la documentación técnica que los respalde. La normativa europea y de otros países establece límites claros (generalmente menos de 20 ppm) para que un producto pueda ser etiquetado como "sin gluten".

En resumen, la normativa ha evolucionado para ofrecer una mayor claridad y seguridad a los consumidores. La transición del logo "Sin TACC" al nuevo logo "SIN GLUTEN" en Argentina, junto con la definición de límites claros y la exigencia de procesos tecnológicos para la remoción de gluten, representa un avance significativo en la protección de la salud de las personas con enfermedad celíaca y sensibilidad al gluten.

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