Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Cecinas San Jorge

El presente documento detalla el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Cecinas San Jorge S.A., un marco normativo esencial que rige las relaciones laborales, las condiciones de trabajo y las pautas de seguridad para todo su personal. Este reglamento se estructura conforme a la legislación laboral chilena, incluyendo el Código del Trabajo y diversos decretos supremos, buscando asegurar un ambiente de trabajo seguro, justo y eficiente.

Preámbulo y Principios Generales

El reglamento de Cecinas San Jorge S.A. se fundamenta en las normativas del Código del Trabajo, el D.F.L. y la República, estableciendo un preámbulo que antecede a las disposiciones específicas. Este documento es crucial para la regulación de las condiciones laborales y de seguridad dentro de la empresa.

Título I: Del Ingreso

El proceso de ingreso de un trabajador a la empresa se formaliza por escrito mediante el respectivo contrato de trabajo, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Este contrato establece los términos y condiciones de la relación laboral.

Título II: Del Contrato de Trabajo

El reglamento aborda las características y estipulaciones del contrato de trabajo, que debe ser celebrado por escrito. Se establecen requisitos como la entrega de una copia al trabajador y, en caso de incumplimiento, la intervención del Inspector del Trabajo. Se promueve la educación media o básica para los trabajadores y se prevén modificaciones gubernamentales en las condiciones contractuales.

Título III: Del Procedimiento de Reclamo por Término del Contrato de Trabajo

Se establecen los mecanismos para la solución de conflictos cuando la situación lo amerite, especialmente si han fracasado las gestiones directas entre las partes. Esto se aplica sin perjuicio de los contenidos expresados en el artículo correspondiente del Código del Trabajo.

Título IV: Del Horario de Trabajo y Asistencia

Este título regula la jornada laboral y el registro de asistencia. Un aspecto relevante es el dictamen ORD. N° 5097/191 del 9 de diciembre de 2004, que evalúa el sistema de reloj control utilizado por Cecinas San Jorge S.A. La Dirección del Trabajo establece que el empleador debe llevar un control de asistencia y jornada mediante un libro o reloj control con tarjetas de registro. En el complejo industrial de Cecinas San Jorge S.A., con sus amplias instalaciones (planta de producción, edificio administrativo, taller de mantención, servicio de bienestar, servicio dental, casino, entre otros), se aplica este control.

Es importante destacar que el tiempo destinado a actividades como el cambio de vestuario, el uso de elementos de protección y/o el aseo personal constituirá jornada de trabajo cuando el desarrollo de la labor convenida requiera necesariamente su realización por razones de higiene y seguridad. Esto es válido independientemente de si estas actividades están consignadas como obligaciones del trabajador en el reglamento interno.

Esquema de las instalaciones del complejo industrial Cecinas San Jorge, mostrando las diferentes áreas de trabajo.

Respecto a la asistencia, se estipula que la persona que designe la empresa debe explicar el motivo de sus atrasos. Las inasistencias injustificadas se sancionarán con amonestación escrita, afectando el pago correspondiente al respectivo período.

Título VI: Del Descanso Dominical y en Días Festivos

Se detallan las normativas referentes a los descansos obligatorios en domingos y días festivos, asegurando el cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a periodos de reposo.

Título VII: Del Feriado Anual

Las disposiciones relativas al feriado anual o vacaciones de los trabajadores se establecen de acuerdo con los artículos correspondientes del Código del Trabajo.

Título VIII: De las Licencias y Permisos

Este apartado aborda diversas situaciones que permiten al trabajador ausentarse de sus labores, manteniendo el goce de sus remuneraciones en algunos casos. Incluye aspectos como:

  • El derecho de la madre a un permiso postnatal parental, que puede extenderse a 18 semanas si opta por trabajar la mitad de su jornada.
  • La garantía de fuero laboral para la trabajadora durante el embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad.
  • Permisos especiales en caso de fallecimiento de familiares, distribuidos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento o a partir del día del fallecimiento, con una duración de días continuos según el parentesco.
  • El derecho de las trabajadoras a un permiso de medio día al año para realizar exámenes de mamografía y Papanicolaou.

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Título XI: De las Remuneraciones

El reglamento define que la remuneración se pagará en dinero, sin exceder de un mes como unidad de tiempo, y no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual. El Artículo 39° especifica que las gratificaciones pueden ser convenidas individual o colectivamente. La empresa cumplirá con sus obligaciones de previsión y organismos públicos, y podrá ofrecer ayuda para cooperativas de vivienda.

Título XIII: Derecho a la Igualdad de Oportunidades en los Trabajadores con Discapacidad

Se promueve la igualdad de oportunidades para trabajadores con discapacidad, en conformidad con la legislación aplicable.

Título XIV: De las Medidas contra la Discriminación

Se establecen procedimientos para reclamos por actos de discriminación, que pueden ser presentados ante la Gerencia. La empresa realizará las diligencias necesarias para resolver el reclamo y concluir si procede la aplicación del Principio de Igualdad de Remuneraciones, informando por escrito al denunciante.

Título XV: De las Obligaciones

Entre las obligaciones fundamentales de los trabajadores se encuentran:

  • Cumplir fielmente las estipulaciones del contrato de trabajo y las del reglamento.
  • Llegar puntualmente a su trabajo y registrar diariamente sus horas de entrada y salida.
  • Informar a la empresa sobre cualquier enfermedad u otra causa que impida su asistencia.
  • No concurrir al trabajo con su estado de salud resentido si esto implica un riesgo.
Fotografía de un trabajador registrando su entrada en un reloj control.

Título XVI: De las Prohibiciones

El reglamento prohíbe una serie de conductas y acciones que pueden poner en riesgo la seguridad, el orden o el ambiente laboral. Entre ellas se incluyen:

  • Correr, jugar, reñir o discutir en horas de trabajo y/o dentro del establecimiento sin autorización.
  • Trabajar en altura sin arnés de seguridad o sin la instalación de las debidas cuerdas de vida.
  • Poner en riesgo la integridad física de los compañeros.

Título XVII: De la Terminación del Contrato de Trabajo

Este título describe las causales de término de contrato, como el vencimiento del plazo convenido. Se detalla que los contratos a plazo fijo no podrán exceder de dos años. También se abordan las causales de despido sin derecho a indemnización, como la inasistencia injustificada durante dos días seguidos o un total de tres días en el mes. La impugnación de estas causales se rige por el Código del Trabajo. El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deben constar por escrito y el finiquito debe estar a disposición del trabajador en un plazo de diez días hábiles.

Título XVIII: Definición, Investigación, Medidas de Resguardo y Sanciones del Acoso Sexual

El reglamento incorpora mecanismos para definir, investigar y aplicar medidas de resguardo y sanciones en casos de acoso sexual, garantizando la protección del afectado.

Título XX: Ley de la Silla

Se estipula que el empleador mantendrá el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los dependientes o trabajadores, conforme a la normativa legal.

Título XXI: Del Peso Máximo de Carga Humana, Ley N°20.001

Se establecen las normas sobre el peso máximo de carga humana, incluyendo la consideración de trabajos específicos que requieran un manejo particular de cargas. Además, se detallan recomendaciones para el levantamiento de objetos, como flexionar las rodillas en lugar de la espalda y mantener la espalda recta.

Infografía sobre las técnicas correctas para el levantamiento de cargas y el peso máximo permitido.

Título XXV: De las Empresas de Servicios Transitorios

Este apartado aborda la regulación aplicable a las empresas de servicios transitorios.

Título XXVI: Normas de Prevención, Higiene y Seguridad

Este es uno de los pilares del reglamento, dedicado a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores.

A. Disposiciones Generales

Se establece que el cumplimiento de las normas, reglamentaciones o instrucciones sobre higiene y seguridad en el trabajo es una preocupación de cada uno, cualquiera sea el cargo que ocupe, y que su infracción puede acarrear multas.

I. Definiciones

Se definen términos clave como:

  • Accidente del trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, que le produzca incapacidad o muerte.
  • Accidente de trayecto: El ocurrido en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.
  • Enfermedad profesional: Aquella causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que produzca incapacidad o muerte.
Diagrama de flujo simple para la clasificación de accidentes y enfermedades laborales.

IV. Investigación de los Accidentes

Ante un accidente del trabajo, especialmente si es de extrema gravedad, se debe dar aviso inmediato a la Mutual de Seguridad de la C.CH.C. y practicar una investigación completa para determinar las causas que lo produjeron.

V. De los Comités Paritarios

Se regulan las funciones de los Comités Paritarios, que son fundamentales para la prevención de riesgos y la promoción de la higiene y seguridad en la empresa.

C. Obligaciones en Higiene y Seguridad

Se describen las obligaciones específicas para prevenir accidentes y enfermedades:

  • Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales: Los trabajadores deben informar sobre cualquier accidente o lesión, incluso si lo estiman de poca importancia.
  • Elementos de Protección Personal (EPP): La empresa debe proporcionar los EPP necesarios, los cuales deben ser de buena calidad y mantenerse en perfecto estado de funcionamiento.
  • Primeros auxilios: La empresa debe contar con un equipo de primeros auxilios y personal capacitado para su uso.
  • Prevención y protección contra incendio: Se establecen medidas de prevención y procedimientos en caso de incendio.
Ilustración de diferentes tipos de Equipos de Protección Personal (EPP) y su uso adecuado.

D. De las Prohibiciones Específicas en Seguridad

Además de las prohibiciones generales, se establecen otras específicas, como:

  • Operar equipos sin estar autorizado y calificado.
  • Correr, jugar, reñir o discutir en horas de trabajo y/o dentro del establecimiento sin autorización.
  • Trabajar en altura sin arnés de seguridad o sin la debida instalación de cuerdas de vida.
  • Poner en riesgo la integridad física de los compañeros.

E. Procedimientos de Reclamos establecidos en la Ley N° 16.744

Se detallan los procedimientos para reclamos relacionados con la Ley N° 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, incluyendo la resolución de controversias por las Mutualidades y la Superintendencia.

F. D.S. N° 101 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Este apartado hace referencia a varios artículos del Decreto Supremo N° 101, que establecen normativas específicas sobre:

  • Atención médica en caso de accidente grave o riesgo vital.
  • Medidas para evitar que los trabajadores expuestos a enfermedades profesionales continúen en riesgo.
  • Procedimientos para el reintegro laboral y la evaluación de incapacidades.
  • Normas para la apelación de resoluciones y la constitución de comisiones.

G. De la Obligación de Informar (D.S.)

Se enfatiza la obligación de informar a los trabajadores sobre los riesgos laborales inherentes a sus funciones, así como las medidas de prevención y los métodos de trabajo correctos.

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Otras Normas de Seguridad Detalladas

El reglamento también incluye normas de seguridad específicas como:

  • El uso obligatorio de elementos de protección personal.
  • La prohibición de remover protecciones de máquinas.
  • La utilización de herramientas manuales y eléctricas en perfecto estado y por personal calificado.
  • La importancia de mantener vías de acceso y plataformas de trabajo seguras.
  • La obligación de señalizar adecuadamente zonas de peligro.

Título XXVII: De las Sanciones

Se establecen las sanciones por el incumplimiento de las normas del reglamento, las cuales se aplicarán según la gravedad de la infracción y conforme a lo dispuesto en la legislación laboral.

Título XXVIII: De las Disposiciones Generales

Este título contiene las disposiciones finales que rigen la interpretación y aplicación del reglamento, así como cualquier otra normativa que deba ser considerada.

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