La adquisición de productos del mar envasados, ya sean congelados o conservas, requiere de una lectura crítica del etiquetado para garantizar la calidad, seguridad y valor real de lo que estamos comprando. La normativa, tanto nacional como internacional, busca asegurar que el consumidor acceda a información veraz, clara y útil para su salud y economía.
El reto del glaseado y la cantidad real de producto
En el proceso de congelación de pescados y mariscos se utiliza, habitualmente, la técnica del "glaseado" (recubrimiento del producto con una pequeña capa de agua congelada) con el fin de mantener la apariencia y conservación del ejemplar. No obstante, algunas tecnologías modernas permiten suprimir esta cobertura utilizando otros procedimientos como barrera para evitar la oxidación.
Existe un vacío reglamentario respecto a los límites máximos de glaseado admisibles. Este es un punto crítico, ya que en algunos productos del mar congelados, especialmente en el caso de los camarones, se ha detectado que más de la mitad de lo que el consumidor paga por el contenido del envase corresponde a hielo. Es fundamental considerar que el peso real del producto es aquel en el que se ha descontado el peso del glaseado, concepto técnico conocido como "peso drenado".

Derechos del consumidor y normativa vigente
La legislación establece como derecho básico del consumidor el acceso a la información veraz y oportuna. Se sancionan conductas negligentes que signifiquen menoscabo al comprador, tales como deficiencias en la calidad, cantidad, peso y medida. En el caso de los productos pesqueros, el etiquetado debe cumplir con parámetros específicos:
- Lista de ingredientes: Detallados en orden decreciente de peso.
- Cantidad neta y peso drenado: Debe indicarse el peso sin incluir el glaseado. Si este supera el 5%, el porcentaje debe estar claramente especificado.
- Denominación y trazabilidad: Nombre comercial y científico, país de origen, zona de captura y método de pesca (arrastre, palangre, etc.).
- Condiciones de conservación: Las normas internacionales exigen que los productos congelados se mantengan a una temperatura de -18º C o inferior.
- Fechas: Diferenciación clara entre fecha de caducidad (seguridad alimentaria) y fecha de consumo preferente (calidad óptima).
Capsula "Cómo leer una etiqueta en el supermercado"
Análisis de mercado y cumplimiento
Investigaciones sobre productos envasados han revelado importantes discrepancias en el mercado. A menudo, las temperaturas de mantenimiento en los puntos de venta no cumplen con el estándar recomendado de -18º C. Asimismo, en cuanto al peso neto declarado, se han observado mermas significativas en productos como el camarón o ciertas especies de pescados, donde el contenido real es inferior al rotulado.
| Parámetro de control | Requisito recomendado |
|---|---|
| Temperatura de conservación | -18º C o inferior |
| Peso drenado | Indicado expresamente sin glaseado |
| Tamaño de letra (Reglamento UE) | Mínimo 1,2 mm |
Importancia de la trazabilidad y la seguridad
El reglamento europeo y las normativas vigentes pretenden fomentar la trazabilidad. Saber si un producto ha sido descongelado previamente es vital, ya que, por razones de salud alimentaria, no se debe volver a congelar un alimento que ya ha pasado por ese proceso. Del mismo modo, el listado de alérgenos debe ser fácilmente distinguible, incluyendo las posibles trazas presentes en la factoría de producción.
Para mejorar la eficacia en los controles, se están desarrollando proyectos de investigación, como Seatraces, que buscan dotar a los laboratorios y puntos de inspección de herramientas rápidas para verificar el cumplimiento del etiquetado. En última instancia, la transparencia informativa no es solo una cuestión estética o comercial, sino un pilar fundamental para la seguridad alimentaria y la protección del consumidor frente a prácticas engañosas.
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