Victor Pina Gajardo: Información sobre Participación Académica y Casos Judiciales

Participación en Curso Internacional "The Juridical-Political Order in Latin America and its Relations with Canada"

Un total de 46 estudiantes de Chile, Canadá y Colombia participaron en el curso internacional “The juridical-political order in Latin America and its relations with Canada”. Este curso fue dictado por la Facultad en conjunto con otras facultades nacionales e internacionales. Esta iniciativa representa la quinta edición del innovador programa de intercambio de la Escuela con la Universidad de Ottawa.

Estudiantes participando en un curso internacional

Con gran éxito culminó el pasado 1 de agosto el curso internacional “The juridical-political order in Latin America and its relations with Canada”. El programa fue impartido de manera conjunta por la Facultad, la Universidad de Ottawa (Canadá), la Universidad Militar Nueva Granada (Colombia), la Universidad Central (Chile) y la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

En el marco de este curso, los estudiantes visitaron el Museo de la Memoria y el Tribunal Constitucional, donde fueron recibidos por las Ministras Nancy Yáñez Fuenzalida y Marcela Peredo Rojas.

Al curso asistieron 17 estudiantes de la Universidad de Ottawa, cuatro provenientes de Colombia y una alumna de la PUCV. Los alumnos recibieron clases de destacados profesores, entre ellos, los académicos de la Facultad: Jaime Phillips, Carolina Flores, Ana María Moure, Álvaro Fuentealba, Diego Lillo, Francisco Castillo y Rubén Burgos.

Casos Judiciales y Violaciones a los Derechos Humanos

En relación con casos judiciales, se mencionan los siguientes condenados: Hernán Luis Sovino Maturana, José Alfonso Ojeda Obando, José Miguel Meza Serrano, Luis Alberto Lagos Yáñez, Jorge Iván Díaz Radulovich, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Sergio Hernán Castro Andrade, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Carlos Eusebio López Inostroza y Joyce Ana Ahumada Despouy, quienes deberán cumplir 4 años de presidio como cómplices.

Análisis de la Sentencia sobre Federico Chaigneau Sepúlveda

Se destaca que la situación del acusado Federico Chaigneau Sepúlveda presenta particularidades que escapan del contexto general. La sentencia cuestionada, en su motivo décimo octavo, discurre sobre los motivos que justifican la absolución del encartado. Se acepta que, aun cuando aparece vinculado a las unidades operativas que actuaron en el cuartel Simón Bolívar e incluso tuvo oficina en ese lugar, ello no es suficiente para situarlo en algún procedimiento destinado a obtener información relativa a identificar a la víctima, ni en relación a la detención, encierro, interrogatorio, tortura, desaparición u ocultamiento de la misma.

Se profundiza en el conocimiento existente, señalando que el acusado estaba al tanto de su tarea de colaborar en la ejecución del plan delictivo que materializaron las unidades que pasaron a integrarse al cuartel Simón Bolívar. En base a lo asentado previamente, es posible inferir la existencia del concierto previo al que alude el numeral 3° del artículo 15 del Código Penal, en su segunda modalidad: la presencia del autor sin tomar parte inmediata en el ilícito.

Establecimiento de Hechos en el Cuartel Simón Bolívar N°8800

En la sentencia de base, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, estableció los siguientes hechos:

  • La Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) ocupó y habilitó un inmueble en calle Simón Bolívar N°8800, comuna de La Reina, durante el primer semestre de 1976. Este recinto, acondicionado para su propósito de reclusión, contaba con un solo portón de acceso, una garita de guardia, una casa al fondo, una cancha de baby fútbol, estacionamientos y un área lateral con un gimnasio que incluía casino, cocina, camarines y baños, los cuales fueron adaptados como calabozos. En este lugar operó la brigada Lautaro, a cargo del mayor Juan Morales Salgado, utilizándolo como un recinto secreto y clandestino de reclusión. A este lugar eran trasladadas personas detenidas para ser interrogadas bajo apremios físicos, especialmente aquellas con militancia política adherente al Partido Comunista.
  • En el segundo semestre de 1976, se trasladaron al recinto agrupaciones de la DINA a cargo de los oficiales Germán Barriga y Ricardo Lawrence, junto con sus agentes operativos. Estos se dedicaron fundamentalmente a investigar, ubicar, allanar, reprimir y desarticular a miembros del Partido Comunista, en especial a sus cúpulas directivas. Para ello, se habilitaron dependencias provisorias, incluyendo oficinas, un gimnasio y camarines que funcionaron como calabozos de encierro, donde se realizaban interrogatorios y torturas mediante diversos métodos.
Plano o ilustración de un cuartel de detención clandestino
  • Reinalda del Carmen Pereira Plaza, tecnólogo médico y militante comunista, embarazada de 5 meses, fue detenida el 15 de diciembre de 1976, aproximadamente a las 20:30 horas, mientras esperaba locomoción colectiva en la calle Exequiel Fernández esquina Rodrigo de Araya, comuna de Ñuñoa. La detención fue materializada por agentes de seguridad en dos automóviles marca Peugeot; uno de ellos patente HLN-55. La detención fue presenciada por testigos que se encontraban en locales comerciales circundantes.
  • Reinalda del Carmen Pereira Plaza fue trasladada al cuartel secreto de reclusión Simón Bolívar, donde fue vista junto a otros privados de libertad detenidos por las mismas brigadas bajo la misma política operativa entre el 13 y 15 de diciembre de 1976. Entre ellos se encontraban Héctor Véliz Ramírez, Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Yalu Berrios Cataldo, Juan Fernando Ortiz Letelier y Horacio Cepeda Marincovich.

Rechazo de Recursos de Casación por la Corte Suprema

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado (alevosía) de diversas víctimas, entre ellas Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Lenin Adán Díaz Silva, Víctor Manuel Díaz López y Eliana Marina Espinoza Fernández.

Se cita al autor Waldo Ortúzar L. en su obra ‘Las causales de Recurso de Casación en el Fondo en Materia Penal’ para explicar la naturaleza del recurso de casación en el fondo.

La resolución agrega que, tal como ha resuelto la jurisprudencia del Tribunal, el recurso de casación en el fondo se instituye para enmendar errores en la aplicación de la ley a los hechos del juicio y no puede extenderse a otras materias, por ser de derecho estricto. El establecimiento de los hechos en que debe fundarse el fallo no es revisable por el Tribunal de Casación, salvo que se hayan violado las leyes reguladoras de la prueba, es decir, las que contienen las reglas según las cuales los hechos deben ser acreditados y las que asignan el valor que corresponde a la prueba rendida. La apreciación del mérito intrínseco de los elementos de prueba es una facultad soberana de los jueces sentenciadores.

La Sala Penal señala que las impugnaciones presentadas buscan una nueva revisión de los medios probatorios, lo cual pugna con la facultad judicial de valorar las probanzas de manera soberana, siempre que se respeten las normas reguladoras de esta materia. Se requiere un error que haya tenido influencia en lo dispositivo del fallo. Se reitera que para que prospere el recurso de casación en el fondo por violación de las normas legales reguladoras de la prueba, es preciso que los sentenciadores hayan incurrido en un error o infracción de derecho en la aplicación de una ley relativa a la prueba.

La sentencia de segundo grado acierta al referirse a la amplitud de consideración en lo que respecta a la figura de la autoría.

Operativo "Ratonera" y Detenciones en Calle Conferencia

En el fallo de primer grado, el ministro en visita extraordinaria Miguel Vázquez Plaza dio por establecida la siguiente secuencia de hechos:

  1. La Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) experimentó una evolución operativa a fines de 1975 o principios de 1976, con una reestructuración de sus agrupaciones, enfocándose en la persecución y represión del Partido Comunista. La agrupación de Barriga operó en el cuartel de Villa Grimaldi y la de Lawrence, en una primera etapa, en el cuartel Venecia, realizando operativos represivos de manera coordinada.
  2. Agentes de la DINA, el 30 de abril de 1976, alrededor de las 03:00 horas, concurrieron al domicilio de calle Conferencia N°1587, comuna de Santiago, con conocimiento de una reunión de la cúpula directiva del Partido Comunista. Detuvieron a sus moradores: Juan Becerra Barrera, su cónyuge María Angélica Gutiérrez Gómez, y la prima de esta, Eliana Vidal. Fueron trasladados a diversos establecimientos secretos de la DINA, donde fueron intimidados e interrogados bajo apremios para obtener información sobre personas que asistirían a su domicilio, en particular sobre Mario Zamorano Donoso y Víctor Díaz López.
  3. Una vez corroborada la información, los moradores fueron devueltos al domicilio de calle Conferencia y obligados a aparentar normalidad bajo la fiscalización de agentes armados. Cinco agentes se quedaron en el lugar, turnándose en espera sigilosa para detener a los integrantes del Partido Comunista que asistirían a la reunión.
  4. Paralelamente, se montó un operativo similar en el domicilio de la madre de Juan Becerra Barrera, María de las Mercedes Barrera Pérez, quien hospedó a Mario Jaime Zamorano Donoso. Este operativo se efectuó de forma simultánea y coordinada con el de calle Conferencia, participando al menos 20 funcionarios de la DINA.
  5. Aproximadamente a las 19:00 horas del 4 de mayo de 1976, Mario Jaime Zamorano Donoso, amigo del arrendatario y obrero marroquinero, miembro del Partido Comunista, llegó al inmueble de calle Conferencia. Al entrar y producto de un forcejeo con los agentes de la Dina, resultó herido de bala en un muslo. Fue trasladado a una habitación y luego, de noche, envuelto en una frazada, transportado al cuartel de detención Villa Grimaldi o Terranova, ubicado en avenida José Arrieta N°8200, comuna de La Reina. Allí permaneció y fue visto privado de libertad por otros detenidos. Se desconoce actualmente su paradero.
  6. Cerca de las 21:00 horas del 4 de mayo de 1976, Onofre Jorge Muñoz Poutays, miembro del Comité Central del Partido Comunista, llegó al inmueble de calle Conferencia. Al ser identificado como el marido de Gladys Marín, fue detenido y transportado al cuartel de Villa Grimaldi. Se desconoce actualmente su paradero.
  7. Al día siguiente, 5 de mayo de 1976, Uldarico Donaire Cortez (también conocido como Rafael Cortez) y Jaime Patricio Donato Avendaño, ambos miembros del Comité Central del Partido Comunista, ingresaron al inmueble de calle Conferencia. Fueron inmovilizados, detenidos y trasladados al cuartel de Villa Grimaldi. Se desconocen actualmente sus paraderos.
  8. El 6 de mayo de 1976, entre las 13:00 y 14:00 horas, la enlace Elisa del Carmen Escobar Cepeda, integrante del Comité Central del Partido Comunista, fue detenida en el mismo inmueble y trasladada al cuartel de Villa Grimaldi. Se desconoce actualmente su paradero.
  9. El gobierno chileno informó que Mario Zamorano Donoso y Onofre Jorge Muñoz Poutays abandonaron el país rumbo a Argentina, datos falsos que no fueron confirmados por las autoridades argentinas, lo que ilustra una preparación y concertación que escapa del ámbito de los agentes operativos y evidencia la participación de estamentos superiores de la DINA.
  10. El 9 de mayo de 1976, Lenin Adán Díaz Silva, miembro de la Comisión Técnica del Partido Comunista, fue detenido en el inmueble de propiedad de su suegro, ubicado en calle Gaspar de Orense N°993, comuna de Quinta Normal. Fue visto posteriormente privado de libertad en el cuartel de Villa Grimaldi. Se ignora actualmente su paradero.
  11. El 12 de mayo de 1976, Eliana Marina Espinoza Fernández, miembro de la Comisión Nacional de Propaganda del Partido Comunista, fue detenida en circunstancias que intentaba advertir a Víctor Díaz López. Fue trasladada al cuartel de detención de Villa Grimaldi, donde permaneció privada de libertad. Se desconoce su actual paradero.
  12. En la madrugada del 12 de mayo de 1976, agentes de la Dina allanaron el domicilio de calle Bello Horizonte N°979, comuna de Las Condes, operativo denominado ‘La Noche de los cuchillos largos’. Descubrieron a Víctor Manuel Díaz López, secretario general del Partido Comunista, quien se encontraba en la clandestinidad.
  13. Tras su detención, Víctor Díaz López fue conducido al cuartel de Villa Grimaldi, donde fue interrogado y torturado para que entregara a otros miembros del partido, atendido el modus operandi de la época utilizado para desarticular partidos políticos.

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