Desde hace algunos años, iniciativas como el Sistema Global Armonizado (GHS), también conocido como Libro Púrpura de las Naciones Unidas, han buscado unificar la forma de clasificar, identificar y rotular los productos químicos. El objetivo principal es asegurar que los usuarios estén plenamente informados sobre las precauciones necesarias al manipularlos, almacenarlos o transportarlos.

A contar de 2010, el GHS entró en plena vigencia en la Unión Europea para las sustancias puras definidas como peligrosas, y a partir de 2015 se hizo mandatorio para la clasificación y el etiquetado de mezclas, formalizado en el Reglamento (CE) 1272/2008. Actualmente, coexisten diversas formas de comunicar la información de riesgos a nivel global. Es ampliamente conocida la clasificación de las Naciones Unidas para el transporte, identificada por el "número NU", que incluye normativas como las de IATA, IMDG, DOT, NCh 382 y NCh 2190, entre otras. Por otro lado, la información relativa a los riesgos de manipulación, como la NFPA 704 o NCh 1411, es la más utilizada en América.
La importancia de conocer los riesgos es fundamental para la manipulación, almacenamiento y transporte seguro de productos. El Ministerio de Salud, con recursos del proyecto SAICM (Enfoque Estratégico para la Gestión Internacional de Productos Químicos), trabaja para minimizar los impactos adversos de estos productos sobre el medioambiente y la salud humana. La identificación de la naturaleza del riesgo se comunica a través de normas internacionales utilizando las denominadas frases R, que en el futuro serán reemplazadas por las frases H. Estas frases se basan en las características de peligrosidad de las sustancias químicas o sus mezclas, asignándose según el tipo de peligro que representen, ya sea físico, para la salud o para el medioambiente. Aunque la tabla superior solo da una idea de la clasificación y categorización de las peligrosidades de las sustancias, para información detallada se pueden consultar sitios web como unece.org, ipieca.org, echa.europa.eu, osha.gov o gestis. Es posible descargar la quinta edición (2013) del libro púrpura, "Globally Harmonized System of Classification and Labelling of Chemicals (GHS)", desde el sitio de la unece.
El Desafío del Transporte Aéreo de Harina de Pescado
La harina de pescado ha presentado desafíos particulares en su transporte, especialmente por vía aérea. Durante un tiempo, el envío de muestras de harina de pescado para investigación, a pesar de estar estabilizada con antioxidantes, era complicado. Organizaciones como IFFO (The Marine Ingredients Organisation) han trabajado activamente en la estabilización de la harina de pescado transportada en buques mediante diferentes antioxidantes, lo que ha llevado a enmiendas en los códigos de la OMI. Sin embargo, el transporte aéreo de estas muestras de IFFO desde Lima a Estados Unidos o al Reino Unido se veía dificultado por el tiempo de envío, lo que resaltaba la necesidad de mover la harina de pescado de una manera más rápida que en un buque.
HARINA DE PESCADO
Este inconveniente motivó a IFFO a contactar a la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional, una agencia especializada de las Naciones Unidas) y a la IATA (Asociación de Transporte Aéreo Internacional) para comprender por qué la harina de pescado estabilizada con antioxidantes no podía transportarse por aire. Se descubrió que esta era una prohibición de larga data, atribuida más a un problema de "redacción" en las regulaciones que a un "peligro real" intrínseco de la harina de pescado, dado que la ONU 2216 (harina de pescado estabilizada) se clasifica en la Clase 9. Se consideraba que la ausencia de la harina de pescado en las Instrucciones Técnicas de la OACI se debía a la falta de necesidad de su transporte aéreo. La IATA, por su parte, no tenía la responsabilidad de modificar esta prohibición, ya que su origen residía en las Instrucciones Técnicas de la OACI para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por Aire.
Enmiendas y la Clasificación de la Harina de Pescado en la Clase 9
Para lograr un cambio, IFFO presentó una propuesta al Panel de Mercancías Peligrosas (DGP) de la OACI. Esta propuesta buscaba modificar el estado del transporte de harina de pescado, tanto en aviones de pasajeros como de carga, cuando se encuentra estabilizada con antioxidantes. La propuesta incluyó los resultados de ensayos realizados por IFFO, los cuales demostraron que la harina de pescado estabilizada con antioxidantes no presenta riesgo de auto-calentamiento. Estos cambios fueron incorporados en la edición de las Instrucciones Técnicas de la OACI y entraron en vigencia el 1 de enero de 2021. El detalle de la discusión sobre el documento de trabajo de la harina de pescado se puede encontrar en la página 12 de dicho documento.
A partir del 1 de enero de 2021, la harina de pescado puede enviarse como carga en un avión de pasajeros o de carga como mercancías peligrosas normales sin necesidad de una aprobación especial. La enmienda que permite el transporte de muestras de harina de pescado estabilizadas con antioxidantes por vía aérea se identifica en los cambios a las Regulaciones de Mercancías Peligrosas de la IATA de 2021. Se establecen restricciones para el tamaño de la muestra de harina de pescado, limitada a 100 kg para aviones de pasajeros y de carga, y 200 kg para aviones de carga únicamente.
La Clase 9, o Miscelánea, está destinada a artículos peligrosos diversos. Aunque no posee subdivisiones, comprende cualquier sustancia que pueda representar un peligro durante el transporte aéreo que no esté cubierta por las otras clases. Es importante destacar que, en contraste, los productos peligrosos de Clase 4 incluyen sólidos inflamables, sustancias susceptibles de combustión espontánea y sustancias que, en contacto con el agua, emiten gases inflamables, lo cual no aplica a la harina de pescado estabilizada.